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¿Capacitación? Sí, Capacitación

Enviado por Otec Progreso el 17/08/2009 a las 12:46 AM

Empresarias y Empresarios:

¿Conoce usted las Medidas Presidenciales de Apoyo al Empleo,  la Capacitación y la Protección Laboral?

Hoy Otec Progreso les dará a conocer, una de las medidas más importantes, para que pueda capacitarse usted y/o a su personal, y es la Franquicia Tributaria

¿Quiénes Somos?

Otec Progreso, es un  Organismo  Técnico  de Capacitación  reconocido por SENCE. Ha implementado los Sistema de Gestión de la Calidad, ISO 9001:2000, la Norma Chilena de Calidad Nch 2728 Of. 2003 y la Norma Nch 2909 de Gestión PYME, para  ofrecerle el mejor servicio a nuestros clientes

FRANQUICIA TRIBUTARIA

¿Cuál es el objetivo de esta herramienta?

Incentivar a las empresas, contribuyentes de la Primera Categoría de la Ley de Rentas, a invertir en la capacitación de sus trabajadores y socios, lo cual se descuenta del monto a pagar de sus impuestos.

¿Cuáles son sus características?

Las empresas pueden invertir en capacitación hasta la suma equivalente al 1% de las remuneraciones imponibles pagadas a los trabajadores en el ejercicio anual, según registren en sus planillas anuales los siguientes montos:

¿Cuáles son los requisitos para utilizar esta herramienta?

Para las empresas, encontrarse clasificadas como contribuyentes de Primera Categoría de la Ley de Rentas y poseer una plantilla anual de remuneraciones imponibles anuales, de acuerdo con la siguiente tabla:

Entre 35 y menos de 45 UTM

Pueden deducir hasta 7 UTM.

Entre 45 y 900 UTM

Pueden deducir hasta 9 UTM.

Sobre 900 UTM

Pueden deducir hasta el 1% de su             plantilla anual de remuneraciones

***Quedan excluidas del beneficio aquellas empresas con una planilla anual de remuneraciones inferior a 35 UTM***

Devolución de Inversión en Capacitación Vía PPM

Considerando la importancia de la inversión en capital humano en tiempos de crisis, y como una herramienta de ayuda para las empresas, el Gobierno de Chile ha dispuesto la devolución de los gastos de capacitación a través de los Pagos Provisionales Mensuales (PPM).

De esta manera, las empresas usuarias de la Franquicia Tributaria de Capacitación ahora pueden descontar mensualmente su inversión, efectuando tal deducción contra sus PPM.

El objetivo de esta medida es contribuir a que la capacitación no afecte la liquidez de las empresas para que éstas puedan mantener o acrecentar sus niveles de capacitación, potenciando su competitividad.

Esta medida tiene carácter retroactivo para las acciones de capacitación desarrolladas desde el 1 de enero de 2009, manteniendo el tope del 1% imputable.

El público objetivo de esta medida son todas las empresas, contribuyentes de Primera Categoría de la Ley de Rentas, pero está especialmente orientada a las micro y pequeñas ya que éstas experimentan más dificultades al momento de invertir en capacitación.

Si requiere más información comuníquese con nosotros y estaremos gustosos de poder ayudarlo:

Fono: 7553618  Celular: (09)62276281

                            contacto@otecprogreso.cl

                              www.progreso.bligoo.com

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